En noviembre del curso 2025-26 se recibieron instrucciones sobre dotación de fondos para llevar a cabo actuaciones que mejorasen el confort térmico de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
La DT de Cádiz mandó un correo con las siguientes aclaraciones:
"Ante las diversas consultas que se están efectuando sobre las actuaciones que se pueden llevar a cabo con los Fondos para el Confort Térmico de los centros docentes de titularidad municipal, se realizan las siguientes aclaraciones:
- Están excluidas las actuaciones que supongan modificaciones estructurales tales:
- Ventanas y todos sus accesorios.
- Puertas
- Se consideran equipos portátiles de climatización los equipos de frío/calor, tipo Split, dado que su instalación no tiene carácter permanente.
- No se considera obra, la instalación de pérgolas, toldos y marquesinas cuya instalación se contrate como accesoria al contrato de adquisición del suministro (es decir, la factura incluiría la compra y la instalación, y el precio de ésta sería inferior al de la compra del aparato), siempre que puedan ser desmontados y no pasen a ser elementos fijos del inmueble.
- No se considera actuación de mejora de confort térmico los sistemas de purificación o mejora de aire tales: filtros HEPA, deshumificadores, etc.
- Los fondos asignados a los CEPER pueden ser distribuidos entre sus Secciones mediante transferencias, con sujeción a las reglas establecidas en su ROP y normativa de gestión económica.
Saludos."
