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Asientos NO predefinidos

La pantalla "SELECCIÓN DE ASIENTO NO PREDEFINIDO", a la que se llega siguiendo la ruta Gestión Económica 🡪 Actividad económica 🡪 Gestión de Asiento 🡪 Asientos no predefinidos, se utiliza para grabar nuevos asientos (de ingreso o de gasto). Las pestañas disponibles son las siguientes:

  • Favoritos
  • Ingresos
  • Gastos
  • Erasmus

Se pueden grabar todos los ingresos y gastos del centro, con la excepción de dos tipos:

  1. Los ingresos al centro que proceden de la Consejería. A lo largo del ejercicio económico, desde la Consejería se ordenan una serie de libramientos de fondos para el funcionamiento del centro u otros conceptos. Cada uno de estos libramientos queda reflejado en la pantalla Ingresos por Cuenta de la Consejería 🡪 Ingresos por Cuenta de la CED al Centro, generando además un asiento que se identifica mediante un código. La anotación contable de estos ingresos, necesaria para poder justificar los ingresos y gastos del dinero recibido desde la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, se realiza automáticamente.
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  2. Las facturas electrónicas. Son las facturas que no llegan en soporte papel, procedentes de proveedores que están obligados a facturar electrónicamente y se graban y gestionan en Séneca en la opción Bandeja factura-e (Actividad económica 🡪 Gestión de Asiento 🡪 Bandeja facturas-e)
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Antes de pasar a ver de manera pormenorizada los diferentes tipos de asientos, conviene leer con detenimiento las siguientes advertencias/comprobaciones que se deben realizar ANTES de asentar cualquier gasto en Séneca porque nos pueden ahorrar muchos dolores de cabeza si las seguimos.

Regla de oro

Las facturas o justificantes de gasto hay que introducirlos en Séneca ANTES DE SER ABONADOS ya que SÉNECA CONTEMPLA TODA LA NORMATIVA Y LIBERA DE COMETER ALGÚN ERROR POR DESCUIDO O DESCONOCIMIENTO.

¿Por qué esta recomendación?

Porque hay proveedores que no pueden facilitar una factura de forma tradicional, en papel, estando obligados a emitir una "Factura electrónica". Si, por desconocimiento, se admite una factura en papel a estos proveedores y se abona, puede pasar que luego Séneca no deje grabarla. 

Otro caso de mayor transcendencia que el anterior por el que se no debe pagar una factura antes de introducirla en Séneca, es por supuesto de EMBARGO DE PROVEEDORES.

Igualmente, hay facturas que necesitan vincularse con el inventario previamente al pago.

Facturas que necesitan de un contrato grabado en Séneca para poder asentarlas....

...por todas estas razones (y más), es vital grabar la factura en Séneca y realizar una serie de comprobaciones ANTES DE PAGARLA 

Comprobaciones sobre el PROVEEDOR

Antes de realizar un pedido a un proveedor es aconsejable comprobar si está obligado a facturar electrónicamente y/o está embargado.

En la ruta Gestión Económica 🡪 Actividad económica 🡪 Proveedores 🡪 Información sobre proveedor, introduciendo su NIF/CIF o buscando por Nombre/Razón Social, sabremos si el proveedor está obligado a facturar electrónicamente, la fecha de inicio de la obligatoriedad de la facturación electrónica o si se encuentra embargado.

Si NO tiene obligación de facturar electrónicamente, podremos comprar y pagar directamente en su establecimiento llevándonos una factura en papel.

Si tiene obligación de facturar electrónicamente, podremos comprar directamente en su establecimiento pero no pagar en él. Tendremos que esperar a la factura electrónica, en especial si el importe de lo adquirido supera los 600€.

Si no comprobamos la obligación de facturar electrónicamente y damos por buena y abonamos una factura en papel de un proveedor obligado a facturar electrónicamente, puede ocurrir que Séneca no nos deje grabarla (si es superior a 600€) y ya tendríamos un problema.


De igual manera, si el proveedor NO está embargado, se le puede pagar la factura (en papel o digital, dependiendo de sus obligaciones con Hacienda) con normalidad.

Si el proveedor está embargado, en la pantalla Gestión Económica 🡪 Actividad económica 🡪 Proveedores 🡪 Información sobre proveedor, podremos ver:

  • Proveedor embargado.
  • Cantidad que se le embarga.
  • Organismo embargante y CC del mismo para hacerle el pago de facturas en lugar de pagar al propio proveedor hasta satisfacer la cantidad embargada.

Si se introduce una factura de un proveedor embargado, el sistema lo comunica automáticamente en la propia pantalla mediante un mensaje donde se advierte del hecho. "Se le informa que será responsable de los pagos realizados indebidamente al proveedor embargado, debiendo tener presente la responsabilidad en que pudieran incurrir al responder solidariamente del pago de la deuda pendiente (Artículo 42.2 Ley 58/2003 de 17 de diciembre,General Tributaria y Artículo 94.2 del Real Decreto 1415/2004 de 11 junio por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social)".

¿Qué ocurre si se ha pagado previamente a conocer este aviso?

Para empezar se está desobedeciendo un embargo judicial.

Luego, a nivel operativo no se puede poner como pagada en Séneca porque no es cierto que se haya pagado a la CC del órgano embargante. Tampoco se puede pagar de verdad a esa CC pues se pagaría doble, antes al proveedor y ahora al órgano embargante.

De nuevo hay un problema, derivados ambos por haber pagado la factura al proveedor sin haber grabado antes la factura en Séneca.

Tramitación SIMPLIFICADA o tramitación ORDINARIA de un contrato

Antes de realizar un pedido debemos saber si hay que realizar una tramitación SIMPLIFICADA o una tramitación ORDINARIA del mismo.

La Guía básica de contratación para los centros docentes establece cuando realizar una tramitación SIMPLIFICADA o una tramitación ORDINARIA de un contrato.

Tramitación SIMPLIFICADA. Requisitos:

  • su precio debe ser inferior a 5.000€, IVA incluido,
  • el pago deber ser único (no se admiten pagos parciales o periódicos),
  • deben financiarse exclusivamente con fondos propios, por lo que no se admitirán fondos europeos o de otra fuente financiera.

Tramitación ORDINARIA. Requisitos:

  • importe igual o superior a 5.000€ (IVA incluido)
  • importe inferior a 5.000€ con forma de pago fraccionada
  • importe inferior a 5.000€ y financiados por Fondos Europeos u otras fuentes de financiación externa (tendrán facturas asociadas a justificaciones específicas en las que conste esta financiación)

El origen de una financiación (normalmente dinero recibido para justificaciones específicas) se debe de comprobar antes de pagar facturas correspondientes a esas justificaciones, ya que condiciona que se haga de manera SIMPLIFICADA u ORDINARIA. Esta comprobación se realiza en la ruta: Gestión Económica 🡪 Configuración 🡪 Justificaciones Específicas

Si no encontramos nada escrito en la columna FONDO DE FINANCIACIÓN, podremos hacer una tramitación SIMPLIFICADA. En este caso solo se requerirá la presentación de la factura y la conformidad a la prestación.

Si, por el contratio, encontramos escrito en la columna FONDO DE FINANCIACIÓN un origen externo a la Junta, debemos hacer una tramitación ORDINARIA, que implica los siguientes documentos:

  • Informe del órgano de contratación motivando la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto con el fin de evitar la aplicación de los umbrales descritos.
  • En su caso, tres presupuestos de empresas adecuadas para la prestación del objeto del contrato o la justificación de la imposibilidad de conseguir los mismos.
  • Grabar el contrato en Séneca Gestión Económica 🡪 Contratos
  • La factura o facturas. Puede ocurrir que, con cargo a un mismo contrato, se emitan varias facturas porque estén previstos pagos parciales o periódicos. La/s misma/s debe/n cumplir con los requisitos previstos en el artículo 6, "contenido de la factura", o 7, "contenido de la factura simplificada", del Reglamento de facturación, aprobado mediante Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
  • La conformidad de la prestación que, en el caso de las facturas en papel y a efectos de acreditar que el proveedor ha realizado el objeto del contrato de manera satisfactoria, debe señalarse en la propia factura física, acompañada de la firma del director y el sello del centro. En el caso de facturas electrónicas, al aceptar las mismas en la bandeja de entrada correspondiente, se genera un certificado de conformidad que deberá ser firmado digitalmente por el director del centro.

Aquí podemos ver otra razón más para grabar las facturas en Séneca antes de proceder a su pago.

Creación de contratos en Séneca

Al introducir en una factura el CIF/NIF del proveedor de la misma, se comprueba si ese proveedor tiene grabado en Séneca algún contrato. En caso de no haberlo se presenta el siguiente mensaje: "El proveedor seleccionado no tiene contratos disponibles. Si la factura tiene un importe mayor de 5.000 no puede guardarla si no le asocia un contrato"

Por tanto, y en función del importe de nuestro contrato, ya sabremos si tenemos que grabar o no un contrato en Séneca (Gestión Económica 🡪 Contratos)

Hay determinadas pagos para los que no se requieren contratos aunque excedan los 5000€ de importe. En la misma pantalla de facturas de Séneca se puede ver este texto: "Es obligatorio dar de alta en el registro de contratos todos aquellos que tengan un importe superior a 5.000 euros a excepción de:

  • Facturas correspondientes al pago de cheque libros
  • Facturas correspondientes al suministro de agua
  • Facturas correspondientes a servicios recibidos a través de la Red Corporativa de Telecomunicaciones de la Junta de Andalucía (telefonía fija y móvil, accesos de datos,...)”

En caso de que la factura sea un caso de los anteriores, marcar el campo con la siguiente descripción: "La presente factura corresponde a una de las excepciones anteriormente citadas para la obligatoriedad de alta en el registro de contratos."

Si este campo se marca se puede proseguir con la grabación de la factura, aún no existiendo contrato con el que relacionarla.

Registro contable de la Junta de Andalucía

El Decreto 75/2016, de 15 de marzo, por el que se crea el Registro Contable de Facturas de la Administración de la Junta de Andalucía y se establece su régimen jurídico, sirve para llevar a cabo la anotación y facilitar el seguimiento de las facturas de los organismos públicos de la Junta antes de ser abonadas. En particular los casos con unos importes superior a una cantidad concreta.

Con las facturas electrónicas no hay problema ya que cuando un proveedor la graba en el "punto único de entrada de facturas electrónicas", se registran automáticamente en el Registro Contable de la Junta.

Las personas físicas, con carácter general, no están obligados a facturar electrónicamente, ¿entonces sus facturas nunca se registran en el Registro Contable de la Junta de Andalucía?

Si una factura es de un proveedor persona física (tiene nif en lugar de cif) y tiene un importe superior a 5.000 euros aparece un mensaje:

AVISO: En relación con las facturas en papel de importe superior a 5.000 euros que se reciban en los centros se deben realizar, por el director o responsable de la gestión económica, y en aplicación de lo previsto en el Decreto 75/2016, de 15 de marzo, por el que se crea el Registro Contable de facturas de la Administración de la Junta de Andalucía y se establece su régimen jurídico, las siguientes comprobaciones:

  • Que la factura no omite ningún dato necesario para su tramitación:
    1. Fecha de expedición de la factura.
    2. Fecha de presentación de la factura.
    3. N.I.F. del proveedor.
    4. Nombre y apellidos, razón o denominación social del proveedor
    5. Núm. de la factura y, en su caso, serie.
    6. Importe de la operación.
    7. Unidad monetaria
    8. En la factura debe constar además la tripleta (DIR3 ) del centro.
  • Que los datos introducidos en el asiento coinciden con los recogidos en las facturas recibidas.

Sólo si la persona que está grabando la factura hace las comprobaciones indicadas y marca el campo "Datos validados por el director previo al registro" dando su conformidad, se puede seguir grabando la factura.

No obstante cuando se graba la factura, durante la noche siguiente, se envía a registrar al mencionado Registro. Al otro día o como mucho 48 horas después se tiene en Séneca la confirmación de su registro y ya se puede poner como pagada.

Inventario

Igualmente, hemos de saber que cualquier factura que asentemos dentro de "Adquisiciones de material inventariable" o de "Inversiones", solo se podrá pagar si se vincula con el material que tendremos que haber inventariado previamente.

 Una vez que se ha vinculado la factura con el material inventariado, ya se podría pagar

Manual para invertariar INVERSIONES
Manual para invertariar LIBROS

Desgloses de asientos

Es una operación muy común y que se realiza con mucha frecuencia en los asientos de gasto y, en menor medida, en algunos asientos de ingreso.

En el contexto de la gestión económica, un desglose consiste en dividir el importe total de un único asiento en varias líneas diferenciadas, con el objetivo de asignar de forma exacta cada cantidad parcial a su correspondiente subcuenta/justificación específica. Se realiza por los siguientes motivos:

  • para asignar diferentes cantidades recibidas o pagadas a sus respectivas justificaciones específicas
  • cuando una misma factura contiene artículos con diferentes tipos de IVA (como el 4%, 10% o 21%)
  • para asignar diferentes cantidades pagadas a sus respectivas subcuentas

En definitiva, es una herramienta contable que permite detallar, registrar y justificar la procedencia o el destino de cada parte de un pago global.

Subcuenta de ingreso

Hay casos, como son los gastos de funcionamiento de ciclos formativos, en los que se debe modificar el asiento de ingreso de la Consejería.

Es habitual que a un centro que tiene ciclos formativos de distintas familias profesionales se le transfieran en un mismo pago los ingresos de distintas familias.

Como existe una justificación específica por cada familia profesional, los ingresos de cada familia han de vincularse con la justificación correspondiente para luego poder realizar el Anexo XI específico de cada familia, donde se incluyan de forma separada los ingresos recibidos para cada una, los gastos y sus remanentes.

Veámoslo con un ejemplo: un centro recibe 4.000€ de ingreso para ciclos formativos. Y el centro tiene un ciclo formativo de la familia de Informática y otro de la familia de Instalaciones y mantenimiento.

De los 4.000€, 2.700€ son para la familia de Informática y 1.300€ para el de Instalaciones y mantenimiento.

El ingreso que se asienta en Séneca es de 4.000 sin especificar justificaciones algunas.

En este caso, el responsable de gestión económica ha de modificar el asiento para especificar que el ingreso está dividido en dos partes:

  • La de 2.700€ de una justificación
  • Otra de 1.300€ para la segunda familia impartida.

El asiento que el sistema ha creado automáticamente se modifica del siguiente modo:

  • Se pincha sobre el pago correspondiente y se elige la opción de Documento Contable.

  • En el menú que aparece se elige la opción Desglose.

  • Con esto se ve las distintas familias para las que es el pago y cuánto va destinado a cada una de ellas.

  • Pinchando de nuevo sobre la fila del mismo pago, elegimos la opción Generar asiento de pago.

  • Aparece la pantalla con el asiento, pero en el importe está la cantidad total del pago.

  • Pulsar en Añadir desglose (en este caso una vez), para crear una nueva línea y así poder asignar cada pago parcial a la justificación correspondiente.

  • pulsar “Aceptar” para grabar.

Subcuenta de gasto

A veces recibimos facturas que pueden contener artículos variados que se deben asentar en diferentes subcuentas por su naturaleza.

Un ejemplo claro es una factura emitida por un proveedor de material de oficina y servicios informáticos. En una misma factura se adquieren elementos de distinta naturaleza que no deben registrarse en la misma subcuenta de gasto:

  • Paquetes de folios, bolígrafos y carpetas: Se deben asentar en la subcuenta de Material de oficina, Ordinario no inventariable.
  • Un disco duro externo o memorias USB: Se debe asentar en la subcuenta de Material de oficina, Material informático no inventariable.
  • Servicio de reparación o mantenimiento de la fotocopiadora: Se puede asentar en la subcuenta de Reparaciones y conservación de equipos o en Mantenimiento de equipos para procesos de información.
  • Libros o diccionarios para la biblioteca: Se deben asentar en la subcuenta Libros.

Al registrar esta factura en Séneca, se añaden las líneas de desglose que necesitemos pulsando en Añadir desglose para separar el importe total de la factura y asignar a cada artículo la subcuenta específica que le corresponde según su naturaleza.

Ejemplo de factura que incluye productos que se deben asentar en diferentes subcuentas

IVA

En ocasiones, recibimos facturas que incluyen productos grabados con diferentes tipos de IVA. En ese caso, en el apartado IMPORTE y a través del botón AÑADIR DESGLOSE se pueden introducir las líneas que se necesiten para incluir una por cada artículo o una por cada uno de los tipos de IVA que consten en la factura. A través del icono borrar se tiene la posibilidad de eliminar líneas.

Veámoslo con un ejemplo: tenemos una factura de farmacia con artículos a los que se les aplica el 4%, el 10% y el 21 % de IVA y el importe total de todos los artículos es de 117,26€.

Factura con diferentes tipos de IVA

El apartado importe será como sigue:

Desglose por Justificaciones específicas

De igual manera, se pueden incluir tantas líneas de desglose como se necesite pulsando sobre Añadir desglose si nos encontramos con una factura con productos que se deban asentar en diferentes justificaciones específicas.

Ejemplo de factura PROA y PREX

Si la factura contiene artículos correspondientes a justificaciones específicas y otros artículos que no lo son se actúa como sigue:

Ejemplo de factura que incluye productos correspondientes a justificaciones específicas y otros artículos que no lo son

Es una práctica legal y muy habitual crear desgloses para imputar una cantidad concreta como gasto de una determinada justificación específica y que así el remanente sea 0€.

Modificaciones en desglose de asientos ya creados

Se accede al asiento buscándolo desde Gestión económica 🡪 Actividad económica 🡪 Consulta de asientos.

Podremos hacer la búsqueda por multitud de opciones (por código de asiento, por fecha, por importe, tipo de asiento,...)

Una vez localizado el asiento que queremos modificar se clicará encima y seleccionamos Ver asiento. Si el asiento no está pagado, podremos realizar cualquier cambio en el asiento, pero si está pagado, todos los apartados de la factura aparecerán sombreados y no dejará modificar nada.

En este caso lo tendremos que realizar desde la opción “Asociar justificación específica

En la pantalla nos aparecerá la subcuenta a la que está asociada este asiento y podremos modificarlo, añadir nuevo desglose.

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