Web gratuidad/bonificación de la Junta de Andalucía
Las personas que ejerzan la guarda y custodia del alumnado de los centros docentes públicos que sean usuarios de servicios complementarios podrán solicitar gratuidad/bonificación sobre el precio público de dichos servicios.
El artículo 21 del Decreto 6/2017, establece la gratuidad de los servicios en los siguientes casos:
- Para el alumnado que se encuentre en situación de dificultad social extrema o riesgo de exclusión, o bajo la tutela o guarda de la Administración de la Junta de Andalucía y para los hijos e hijas de mujeres atendidas en los centros de acogida para mujeres víctimas de la violencia de género y para las víctimas del terrorismo.
- Para el alumnado usuario del servicio de transporte escolar cuando la gestión del mismo determine su incorporación al centro docente público antes del inicio de la jornada lectiva.
- Para el alumnado escolarizado en las enseñanzas de carácter gratuito, cuando esté obligado a desplazarse fuera de su localidad de residencia por inexistencia en la misma de la etapa educativa correspondiente, tenga jornada escolar de mañana y tarde y no disponga del servicio de transporte escolar al mediodía, o cuando teniendo solo jornada lectiva de mañana, su incorporación al vehículo autorizado para dicho servicio solo pudiera tener lugar transcurrido un plazo de 30 minutos desde la finalización del horario lectivo.
Los artículos 22 del Decreto 6/2017 y 25.1 de la Orden de 17 de abril de 2017, establecen la bonificación de los servicios.
- Sobre el precio público de los servicios complementarios se aplicarán, en su caso, las correspondientes bonificaciones, que serán establecidas en función de los ingresos de la unidad familiar.
- Los miembros de la unidad familiar mayores de dieciséis años deberán cumplimentar la autorización a la Consejería competente en materia de educación para la obtención de datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de marzo de 2018, fija la cuantía de los precios públicos por los servicios complementarios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos y por el servicio de residencia en las Residencias Escolares de Andalucía, así como los límites de gratuidad y las bonificaciones a los mismos.
En los acuerdos del Consejo de Gobierno Andaluz, de 27 de julio de 2023 y de 30 de julio de 2024, se revisan las cuantías de los precios públicos de los servicios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos de Andalucía, establecidos en el apartado A) del Anexo I del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de marzo de 2018.
Los artículos 24 y 25 de la Orden de 17 de abril de 2017, establecen el procedimiento de determinación de ingresos de la unidad familiar para la fijar la contribución de las familias al coste de dichos servicios.