En ocasiones se reciben partidas de dinero que han de emplearse para el fin concreto para el que se han recibido, es decir, que si nos ingresan una cantidad X de dinero bajo el concepto "Gratuidad de libros de texto", ese dinero sólo se puede emplear para adquirir los libros de texto de nuestros alumnos y no para cualquier otro fin. Estos ingresos se conocen como partidas finalistas y otros ejemplos pueden ser: PROA, PROA+, PREX, IMPULSA, Pacto de Estado contra la violencia de genero...
En algunos casos -además de tener la obligación de emplear el dinero para el fin para el que ha sido ingresado- hemos de realizar un anexo XI específico al término del programa o la actividad para la que se ha recibido el dinero, que ha de ser aprobado por la Delegación Territorial y, en ocasiones, también por el Consejo Escolar.
En Séneca se pueden ver diferentes aspectos sobre las justificaciones específicas (fecha de inicio y fin, si requiere o no aprobación del CE, las subcuentas asociadas a cada justificación específica...) en la ruta:
Gestión económica 🡪 Configuración 🡪 Justificaciones específicas
Justificaciones específicas que SÍ requieren aprobación del CE:
- PROA
- PREX
- Escuelas Deportivas
- Impulsa 3
- Planes de Compensación Educativa
- PROA+ Transfórmate
- Ciclos Formativos
- Gastos funcionamiento de seguimiento de FCT (Formación en Centros de Trabajo)
Justificaciones específicas que NO requieren aprobación del CE:
- Programa de Gratuidad de Libros de Texto (PGLT)
- Impulsa
- Pacto de Estado Contra la Violencia de Género
- Participación en Comunidades Educativas
- Programa de Refuerzo Educativo y Deportivo en periodo estival
Anexo XI específico SIN aprobación del Consejo Escolar
Anexo XI específico CON aprobación del Consejo Escolar
Requisitos para que el anexo sea validado:
- En MEMORIA JUSTIFICATIVA se debe especificar el motivo de la diferencia entre el Total de miembros del Consejo Escolar en la fecha de su constitución y el Total de miembros del Consejo Escolar en la fecha de celebración de la sesión (jubilación, paso a otro centro...) cuando el segundo sea inferior al primero.
"El número total de miembros que componen el CE en la fecha de su constitución (16) no coincide con el número total de miembros que componen el CE en la fecha de celebración (15) porque:
D XXXXXXXXX y Dª XXXXXXXXX (padres/madres) ya no pertenecen al Consejo al haber terminado sus hijos 6º de primaria y ser sustituidos por una única suplente (Dª XXXXXXXXX)
El número de miembros que componen el CE (15) no coincide con el número de asistentes (13) porque:
Dª XXXXXXXXX (padres/madres) y Dª XXXXXXXXX (Ayuntamiento) no acudieron al Consejo por motivos laborales"
- Se debe aprobar por mayoría absoluta del total de miembros del Consejo Escolar en la fecha de celebración de la sesión, o sea, la mitad más uno. Como ejemplo, si son 21 (la mitad sería 10.5) se necesitarían 12 votos a favor (no 11).
- La "fecha certifica" debe ser posterior a la fecha de celebración del Consejo Escolar.
- Los gastos no pueden ser superiores a los ingresos.
- Evidentemente, no se debe generar hasta que no se hayan finalizado los pagos a las empresas. Si existe alguna incidencia de pago pendiente con Consejería, deben esperar a recibir este pago para poder generar el anexo.
- Si el centro tuviese remanente de cursos anteriores de Acompañamiento Escolar, y no hubiese generado el anexo XI específico correspondiente, debe hacerlo ahora antes de generar el del 23/24, comunicándolo a esta misma dirección de correo para que se le pueda validar.