Guía básica de contratación para los centros docentes
Diferencia entre "Fraccionamiento del pago", "Pago fraccionado" y "Gastos Recurrentes"
Fraccionamiento del contrato (PROHIBIDO)
El fraccionamiento no es una modalidad de pago, sino una alteración ilícita de la contratación. Consiste en dividir el objeto de un contrato en varios contratos menores con el fin de disminuir su cuantía y así eludir los requisitos de publicidad o los procedimientos de adjudicación que corresponderían por el valor total.
La normativa prohíbe tajantemente fraccionar el objeto para conseguir facturas que no superen los límites del contrato menor (15.000 € en suministros/servicios y 40.000 € en obras).
Ejemplo de infracción: Si un centro necesita comprar folios por valor de 2.000 € al año y realiza cuatro contratos distintos de 500 € para evitar declarar el gasto total o para no pedir presupuestos, estaría incurriendo en fraccionamiento.
Pago Fraccionado (Modalidad de pago)
El pago fraccionado se refiere a la forma en que se liquida un contrato que ha sido correctamente tramitado como una unidad. Ocurre cuando, para un mismo contrato, se emiten varias facturas porque se han previsto pagos parciales o periódicos.
La existencia de pagos fraccionados o periódicos impide que el contrato se tramite por la vía simplificada, obligando a usar la tramitación ordinaria (incluso si el importe es inferior a 5.000 €).
Ejemplo: Un contrato de mantenimiento (fotocopiadora, ascensor, alarma...) que se paga en cuotas mensuales, PROA, PREX... El contrato es único y legal, pero la forma de pago es fraccionada.
Gastos Recurrentes o Reiterados (Naturaleza de la necesidad)
Los gastos recurrentes son aquellas necesidades del centro que se repiten de forma previsible a lo largo del tiempo, como el material de papelería, el papel de fotocopiadora o la cuota mensual de una alarma.
Para evitar incurrir en fraccionamiento (ilegal), la normativa obliga a estimar el importe total anual de estas necesidades y tramitarlas mediante un único contrato. A este contrato único anual se le irán vinculando las diferentes facturas a medida que se reciban.
Ejemplo: Contrato de papelaría para comprar folios. Como es un gasto recurrente a lo largo del año, se debe planificar y unificar la compra en un solo expediente anual.
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Concepto |
¿Es legal? |
Definición |
Consecuencia en el Centro |
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Fraccionamiento |
No |
Dividir un contrato para no superar los límites legales de 15.000 € o 40.000 €. |
Responsabilidad legal y nulidad del contrato. |
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Pago Fraccionado |
Sí |
Abonar un contrato único mediante facturas parciales o periódicas. |
Exige Tramitación Ordinaria y alta en el registro de contratos. |
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Gasto Recurrente |
Sí |
Compras que se repiten siempre (papelería, luz, alarmas). |
Se debería hacer un solo contrato anual por el total estimado. |
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